Obligatorio el pago de la cuota extraordinaria TDT
Es obligatorio el pago de la cuota extraordinaria establecida para la adaptación de la antena comunitaria de televisión a TDT aunque se vote en contraLa Audiencia Provincial de Badajoz, en sentencia nº 77/2009 de 20 de marzo, ha señalado que es obligatorio el pago de la cuota extraordinaria establecida para la adaptación de la antena comunitaria de televisión a TDT, una vez aprobada en junta de propietarios, aunque existan votos disidentes. Considera la sala que la derrama extraordinaria objeto de reclamación por parte de la comunidad de propietarios frente al propietario deudor-disidente constituye un gasto necesario para la adecuada habitabilidad del inmueble, el cual debe ser satisfecho por todos los comuneros, incluidos aquellos propietarios disidentes, por cuanto estos necesariamente se verán abocados a disfrutar y a aprovecharse de la nueva infraestructura de la televisión digital terrestre al producirse al apagón analógico.